➡️PIDEN A DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO, «NO SEGUIR ABUSANDO DEL PODER», EN EL CASO DE LA SUCESIÓN DE SOCORRO ROMERO SÁNCHEZ.⬅️

➡️PIDEN A DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO, «NO SEGUIR ABUSANDO DEL PODER», EN EL CASO DE LA SUCESIÓN DE SOCORRO ROMERO SÁNCHEZ.⬅️

En el diario nacional «El Financiero», con fecha de hoy miércoles 6 de Julio de este año, se pública un desplegado dirigido a la diputada local por Tehuacán Olga Lucía Romero Garci-Crespo dónde la conminan «A QUE NO SIGA ABUSANDO DEL PODER», con apoyo de los abogados de un despacho ahí mencionado, esto tras la sentencia emitida por el poder judicial que decreta ilegal lo actuado por la propia Diputada en el caso de la sucesión de la Señorita Socorro Romero Sánchez:

«A LA COMUNIDAD DE PUEBLA Y DE TEHUACÁN.
ANTE LA SENTENCIA DEL PODER JUDICIAL FEDERAL QUE DECRETA ILEGAL LO ACTUADO POR LA DIPUTADA OLGA LUCÍA ROMERO GARCI CRESPO EN EL CASO DE LA SUCESIÓN DE LA SEÑORITA SOCORRO ROMERO SÁNCHEZ LA CONMINAMOS A QUE NO SIGA ABUSANDO DEL PODER CON APOYO DE LOS ABOGADOS DEL DESPACHO GARCIA ALCOCER SC.

La Diputada por el XX Distrito de Puebla, es Presidenta de la Comisión de Control, Vigilancia, y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado y entre sus funciones interviene en la designación del Auditor Superior y del Fiscal General del Estado, participando también, en la supervisión de las cuentas públicas, incluídas las de la Fiscalía.
La Diputada local prometió cumplir y hacer cumplir la Constitución General de la República y la del Estado de Puebla y las leyes que de ellas emanan.
La familia de Estela Romero Bringas ha padecido del abuso del poder y de las constantes violaciones a los derechos humanos, desde la posición de poder e influencia de la Diputada en las estructuras del Estado de Puebla.
En este sentido, entrevistada como Diputada, violando la presunción de inocencia, declaró el día 22 de junio del 2022 a las 07:30 am (Cinco Radio Comunicación en el “Programa Buenos”) que los abogados, el notario y la familia Celis Romero: “ya tienen carpetas de investigación, ya tienen órdenes de aprehensión por diversos delitos, por eso es que están escondidos, por eso es que no dan la cara”. A decir de la Fiscalía, lo dicho por la diputada es falso ya que en los diversos amparos penales que se han promovido, la autoridad responsable ha afirmado que no son ciertos los actos reclamados. La pregunta entonces es que autoridad miente, la Diputada o la Fiscalía.
En todo caso, es en una amenaza para la familia Celis Romero (que incluye a doña Estela Romero Bringas de 83 años de edad), el notario y al equipo de abogados, para que no asistan a las audiencias del juicio civil.
Solamente una persona con el poder político de la Diputada, afirmando que desde hace más de 10 años ha tenido un caso contra la sucesion, con el apoyo de potentes abogados del despacho García Alcocer S.C. que trabajan para Alfonso Fernández Santiago y María Elvira Celis Romero, y quienes conjuntamente con ellos ya habían reconocido la validez del testamento ante Notario Público número 7 del DF (Eduardo J. Muñoz Pinchetti), pueden atreverse a demandar y participar en procesos judiciales apoyandola con pleno conflicto de interés y atacando las normas establecidas en los códigos éticos de la abogacía.
LOS HECHOS NOS DAN LA RAZÓN.
Un juez federal concedió el amparo a Miguel Ángel Celis Romero, para que sea reconocido como albacea del testamento de Socorro Romero Sánchez y dejó sin efecto el juicio intestamentario promovido por la Diputada, Olga Romero Garci-Crespo.
Esto deriva del juicio de amparo 2019/2021 en el que el 30 de junio de 2022, en el Juzgado Octavo de Distrito en materia de Amparo Civil, en el Estado de Puebla que promovió Miguel Ángel Celis Romero y que el Juez le concedió la protección y amparo de justicia federal para los siguientes:
EFECTOS
La jueza Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Tehuacán, Puebla, en el expediente 622/2016 deberá:
Declarar sin efectos todo lo actuado hasta este momento dentro del juicio sucesorio intestamentario de Socorro Romero Sánchez.
Reconocer el albaceazgo otorgado en el testamento.
Reconocer la validez del testamento y su ejecución extrajudicial vía notario, y como consecuencia declarar sin materia el juicio intestamentario. El expediente 296/2020 del Juzgado Familiar debe quedar insubsistente.
CONSECUENCIAS
La denuncia penal que se sabe presentó la Diputada en su calidad de albacea provisional ante la Fiscalía del Estado y donde presentó datos falsos incluyendo su propia declaración y la del médico Úlises González Hernández, quien trabaja para Alfonso Fernández Santiago y de dos enfermeras, sin título profesional, que falsamente sostienen que le proporcionaron Midazolam en dosis que, si esto fuera cierto, habrían provocado la muerte de la señorita Socorro Romero Sánchez.
Asimismo, la Diputada como albacea provisional ha realizado actos contrarios a derecho al solicitar información confidencial tanto a la Fiscalía como a los Jueces del Estado sobre las cuentas de la familia de doña Estela Romero Bringas y sus hijos Alfonso y Miguel Ángel Celis Romero a instancias federales como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, al Registro Público de la Propiedad, al Instituto Nacional de Migración, Agencia Nacional de Aduanas, y a la Secretaría de Relaciones Exteriores, entre otras. Dicho albaceazgo ha sido declarado invalido por lo que lo actuado también carece de validez.
Todo lo argumentado por la Diputada en torno al inexistente lavado de dinero carece de eficacia, pues el testamento tiene validez legal, según el Juez Federal. Por tanto, no puede haber ninguna operación de recursos de procedencia ilícita.
Como se puede observar Olga Lucía Romero Garcí Crespo en su calidad de Diputada y abusando de su poder, ha presionado para que las instancias del Estado de Puebla, realicen actos contra la ley, como el caso de la jueza Blanca Laura Ollivier Palacios, quien a sabiendas y según la resolución Federal (desde 2016) realizó actos ilegales de abrir una sucesión intestamentaria cuando ya existía una testamentaria y otorgarle a la Diputada un albacezgo provisional cuando ya existía uno testamentario, por lo que se genera la nulidad de todo lo actuado. Asimismo el juez familiar de Tehuacán, Hugo Solares Wences, debe dejar de realizar actos ilegales en el tratamiento dentro del proceso a favor de la Diputada, y ceñirse al mandato de la Constitución y los Derechos Humanos y dar el debido cumplimiento a la resolución de amparo .
Atentamente especialista en Derechos Humanos José Luis Aguilar García.»

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